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Artículo 80 del Decreto Con Fuerza de Ley 33

Fija estatuto del personal del ministerio de relaciones exteriores

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4168 · idParte: 8626730

Texto oficial

Art. 80°.- El Escalafón de Auxiliares estará integrado por los funcionarios que cumplan tareas relativas al aseo, la conducción de vehículos, la impresión y encuadernación de los documentos del Ministerio, reparaciones menores y, en general, actividades de carácter similar.