Saltar al contenido

Artículo 101 del Decreto Con Fuerza de Ley 33

Fija estatuto del personal del ministerio de relaciones exteriores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4168 / 8626755.

Texto oficial

Art. 101°.- Cada vez que en el presente Estatuto se emplee la expresión moneda extranjera, se entenderá referida a aquellas monedas extranjeras que, para cada caso, se contemplen en el Presupuesto Anual.