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Artículo 87 BIS del Decreto Con Fuerza de Ley 33

Fija estatuto del personal del ministerio de relaciones exteriores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4168 / 8626761.

Texto oficial

Artículo 87 Bis.- El pago de patente municipal y de derechos fiscales, a que se encuentren afectos los vehículos importados por los funcionarios dependientes del Ministerio, al amparo de las franquicias establecidas en la Partida 00.04 del Arancel Aduanero, se hará teniendo como base el valor CIF de dichos vehículos.