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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 33

Estatuto orgánico y planta del personal de la;direccion general del credito prendario

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4173 · idParte: 9010649

Texto oficial

TITULO I {Arts. 1-13} Objetivo, organización, y funciones de la Dirección General del Crédito Prendario. PARRAFO I {Arts. 1-4} Disposiciones Generales Artículo 1°.- La Dirección General del Crédito Prendario, en adelante la Dirección, es una Institución autónoma del Estado, con personalidad jurídica de Derecho Público y patrimonio propio, de duración indefinida, que se relaciona con el Ejecutivo, a través del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría del Trabajo.