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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 38

Modifica limite intercomunal cerrillos-maipu, en sector que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4217 / 8253950.

Texto oficial

Artículo 1°: Modifícase el territorio de las comunas que se indica de la siguiente forma: a.- Comuna de Cerrillos. Se excluye el sector situado al sur, al poniente y al norte del siguiente límite: el zanjón de La Aguada, desde la Avenida Américo Vespucio hasta el eje de la proyectada avenida Las Torres; la mencionada avenida Las Torres, desde el zanjón de La Aguada hasta la línea del ferrocarril a Cartagena; y la línea del ferrocarril a Cartagena, desde la proyectada avenida Las Torres hasta la avenida Américo Vespucio. b.- Comuna de Maipú. Se incluye el sector de la comuna de Cerrillos situado al sur, al poniente y al norte del siguiente límite: el zanjón de La Aguada, desde la avenida Américo Vespucio hasta el eje de la proyectada avenida Las Torres; la mencionada avenida Las Torres, desde el zanjón de La Aguada hasta la línea del ferrocarril a Cartagena; y la línea del ferrocarril a Cartagena desde la proyectada avenida Las Torres hasta la avenida Américo Vespucio.