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Artículo 1 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 42

Declara en reorganizacion y fija la planta y rentas del personal de la contraloría general de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4236 / 7116203.

Texto oficial

Artículo primero transitorio.- Los empleados en actual servicio que pasen a ocupar los cargos de la planta profesional y técnica en virtud del presente decreto con fuerza de ley, continuarán en sus repectivos empleos, aun cuando no reúnan los requisitos exigidos por la ley para desempeñarlos; pero cesarán en sus funciones el 31 de Diciembre de 1964, si en dicha fecha no hubieren obtenido tales requisitos. Las actuales remuneraciones imponibles de que goce el personal de la Contraloría se entenderán absorbidas por las que se fijan en el presente decreto con fuerza de ley, y, en consecuencia, quedan derogadas las asignaciones de título, fiscalización y estímulo para dicho personal, a que se refieren el artículo 5.o de la ley 12,434 y el artículo 97 de la ley 11,764, modificado por el artículo 96 de ley 12,434.