Texto oficial
Artículo 18.o Los títulos o subtítulos, si los hubiere, se subdividirán en ítem que expresarán motivos significativos de gasto. En los proyectos se consultarán anualmente el número y denominación de los ítem.
No obstante, el subtítulo "Remuneraciones" comprenderá los siguientes ítem: 1) Dieta Parlamentaria;
2) Sueldos; 3) Sobresueldos; 4) Honorarios y contratos, y 5) Jornales.