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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 59

Crea cargo en la planta de personal del servicio de salud iquique

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4365 · idParte: 5862976

Texto oficial

Artículo 2°.- El cargo antes señalado constituirá dotación adicional y se extinguirá de pleno derecho cuando cese en sus funciones por cualquier causa el titular del mismo.