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Artículo 8 del Decreto Con Fuerza de Ley 62

Fija planta del servicio de gobierno interior

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4379 / 8988376.

Texto oficial

Artículo 8°.- El mayor gasto de E° 52.500 que significa la aplicación del presente decreto con fuerza de ley, por concepto de sueldos fijos y otros se financiará hasta por la suma de E° 10.000 con cargo al ítem 04|04|04 y 2 del Presupuesto fijado para la Dirección del Registro Electoral y el resto, E° 42.500, se imputará al ítem 06|01|13 del Presupuesto vigente.