Texto oficial
Artículo 1.o Créase el Departamento de Inmigración,
dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores,
encargado de aplicar las disposiciones del presente decreto
con fuerza de ley.
Crea el departameto de inmigracion y establece normas sobre la materia
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4418 / 7116454.