Saltar al contenido

Artículo 1 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 70

Decreto Con Fuerza de Ley 70

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4427 / 9086833.

Texto oficial

Artículo 1.- En la primera fijación de las fórmulas tarifarias, éstas considerarán, adicionalmente, coeficientes de ponderación, que serán determinados por la Superintendencia de Servicios Sanitarios para cada prestador, previo informe de éstos cuya finalidad será ajustar paulatinamente las tarifas vigentes a las determinadas de acuerdo con el procedimiento establecido en esta ley. Para todos los efectos de este cuerpo legal, dichos coeficientes se considerarán parte integrante de las fórmulas tarifarias establecidas en el artículo 2 permanente.