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Artículo 25 del Decreto Con Fuerza de Ley 76

Reorganiza la caja de colonizacion agricola

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4459 / 8466785.

Texto oficial

Artículo 25.o Si la indemnización no se ajustare entre la Caja y el interesado, el Presidente de la República nombrará una comisión de tres técnicos a fin de que tasen el valor del predio y las indemnizaciones que corresponda pagar al propietario. En la comisión no podrán figurar empleados públicos o municipales.