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Artículo 2 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 88

Adopta las medidas que indica en relacion con el ministerio de economia y comercio y sus atribuciones y actividades

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4524 / 8737964.

Texto oficial

Artículo 2.° El Ministerio de Economía dispondrá del Presupuesto de Gastos consultado en la Ley de Presupuestos vigente en los ítem 17|01|01, 17|01|02, 17|01|04, 17|01|07 h), 17|01|11, 17|02|01, 17|02|02, 17|02|04, 17|05|01, 17|05|02, 17|05|04, 17|06|01, 17|06|02, 17|06|04, 17|07|01, 17|07|02, 17|07|04, 17|08|01, 17|08|02 y 17|08|04.