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Artículo 3 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 92

Decreto Con Fuerza de Ley 92

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4551 · idParte: 8824006

Texto oficial

3.o Mientras funciona el Ministerio de Tierras, Bienes Nacionales y Colonización, la aplicación de este decreto con fuerza de ley corresponderá al Ministerio de la Propiedad Austral, cuyos servicios van a quedar comprendidos en aquél.