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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 92

Modifica la ley n.o 10.489, que fijo la planta de jefes de aeropuertos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4552 / 7116769.

Texto oficial

Reemplázase el artículo 3.o de la ley N.o 10.489, por el siguiente: "Artículo 3.o Los requisitos para ingresar al servicio de Jefes y Ayudantes de Aeropuertos serán, además de los que se indican en el artículo 110.o de la ley N.o 7.161, ser Oficial de Reserva de la Fuerza Aérea con grado no superior a Teniente 1.o".