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Artículo 4 del Decreto Con Fuerza de Ley 106

Fija el texto definitivo de la ley orgánica del banco central de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4624 / 7117086.

Texto oficial

Artículo 4.o El capital autorizado del Banco será de doscientos millones de pesos, dividido en doscientas mil acciones de valor nominal de un mil pesos cada una. Todas las acciones serán nominativas.