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Artículo 3 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 129

De la clasificacion, nombramientos, ascensos y calificacion del personal de las fuerzas armadas.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4718 / 8824317.

Texto oficial

Artículo 3.o Los actuales Subtenientes de Sanidad Dental y Capellanes 3.o (E. y FA), pasarán a investir los grados de Teniente de Sanidad Dental, Teniente Capellán (E. y FA) y Teniente 2.o Capellán (A), respectivamente. Las plantas correspondientes se entenderán de hecho modificadas de acuerdo a lo dispuesto en el inciso anterior. El tiempo servido en el grado de Subteniente de Sanidad Dental y Capellán 3.o, les será abonado en su actual grado, para todos los efectos legales.