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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 135

Crea la direccion general de educacion agricola, comercial y tecnica, dependiente del ministerio de educacion publica, sobre la base de la refundicion de la direccion general de enseñanza profesional, del mismo ministerio, y el departamento de enseñanza agricola, dependiente del ministerio de agricultura.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4741 / 9033175.

Texto oficial

Artículo 1.o- Refúndense la Dirección General de Enseñanza Profesional del Ministerio de Educación Pública y el Departamento de Enseñanza Agrícola dependiente del Ministerio de Agricultura, bajo la denominación de Dirección General de Educación Agrícola, Comercial y Técnica del Ministerio de Educación Pública.