Crea la direccion general de educacion agricola, comercial y tecnica, dependiente del ministerio de educacion publica, sobre la base de la refundicion de la direccion general de enseñanza profesional, del mismo ministerio, y el departamento de enseñanza agricola, dependiente del ministerio de agricultura.
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4741 / 9033175.
Texto oficial
Artículo 1.o- Refúndense la Dirección General de Enseñanza Profesional del Ministerio de Educación Pública y el Departamento de Enseñanza Agrícola dependiente del Ministerio de Agricultura, bajo la denominación de Dirección General de Educación Agrícola, Comercial y Técnica del Ministerio de Educación Pública.