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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 138

Fija planta y requisitos generales y especificos de ingreso y promocion del personal de la fiscalia del ministerio de obras publicas

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4758 · idParte: 5864545

Texto oficial

Artículo 2° - Establécense los siguientes requisitos generales y específicos para el ingreso y promoción en las Plantas y cargos que se indican: Cargos de Exclusiva Confianza: Título profesional otorgado por un Establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. Cargos de Carrera: Directivos: Grado 5° : a) Título profesional universitario, con experiencia de a lo menos 3 años en la Administración Pública, o b) Haber desempeñado cargo Directivo de grado similar por 5 años a lo menos. El requisito establecido en la letra b), se eliminará, una vez perfeccionado el encasillamiento a que dará origen la presente Planta. Grado 11° : a) Educación media completa o equivalente y curso de Gestión Directiva de 300 horas a lo menos. Experiencia de a lo menos 5 años como administrativo o técnico en el Servicio, o b) Haber desempeñado un cargo Directivo de grado similar, a lo menos 1 año. El requisito establecido en la letra b), se eliminará, una vez perfeccionado el encasillamiento a que dará origen la presente Planta. Profesionales Grados 4°, 5°, 6° y 7°: Título de abogado Grados 8° al 10° : Título de abogado o bibliotecario universitario de a lo menos 10 semestres, otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste. Administrativos Grados 12° al 20°: Educación media completa o equivalente. Auxiliares Grados 18° y 19°: Educación básica completa o equivalente y realizar funciones de mayordomo o licencia de conducir cuando corresponda. Grados 20° al 21°:Educación básica completa o equivalente y licencia de conducir cuando corresponda.