Texto oficial
Artículo 6.o Para los efectos de la jubilación y desahucio, de los descuentos para el Fondo de Seguro Social, imposiciones y descuentos para la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, Escalafón Unico del Personal del Servicio Exterior, beneficios del artículo 74 del Estatuto Administrativo, pagos de sueldos en moneda corriente a los funcionarios que debiendo desempeñarse en el extranjero trabajan o son adscritos en Chile, para la declaración y pagos de impuestos a la renta de 5a. Categoría y Global Complementario y para los demás pagos o descuentos legales obligatorios, se reconoce para los funcionarios del Servicio Exterior - Presupuesto en Dólares - y los del Servicio Exterior - Presupuesto en Moneda Corriente - la siguiente equivalencia o asimilación:
Servicio Exterior Equivalen Servicio Exterior
Presupuesto en Dólares Presupuesto en
Moneda Corriente
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Embajadores____________ a Subsecretario de
Relaciones
Exteriores.
Ministros Consejeros o
Cónsules Generales de
1a. Clase______________ a Subjefes de
Departamentos.
Consejeros o Cónsules
Generales de 2a. Clase a Jefes de Secciones.
Secretarios o Cónsules
Particulares de 1a.
Clase__________________ a Secretarios
Primeros.
Secretarios o Cónsules
Particulares de
2a. Clase______________ a Secretarios
Segundos.
Secretarios o Cónsules
Particulares de
3a. Clase______________ a Secretarios
Terceros.
Cancilleres____________ a Oficiales
Primeros.