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Artículo 2 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 140

Declara en reorganizacion el ministerio de relaciones exteriores y fija las plantas de funcionarios y remuneraciones correspondientes

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4765 · idParte: 8944698

Texto oficial

Artículo 2.o Mientras existan empleados en las Plantas Suplementarias del Servicio Exterior, los cargos que queden vacantes deberán ser llenados por los funcionarios de dichas Plantas Suplementarias, procediendo para ello de acuerdo con el Escalafón, de modo que, en todo caso, correspondan tres ascensos a los funcionarios de las Plantas Permanentes por el paso de un funcionario de las Plantas Suplementarias a las Permanentes. Los cargos de las Plantas Suplementarias desaparecerán a medida que se produzca la vacante de ellos.