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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 148

Estatuto universidad de antofagasta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4812 / 9033251.

Texto oficial

Artículo 3°.- La Universidad de Antofagasta gozará de libertad académica y de la autonomía que le permita cumplir fielmente los objetivos que le son propios.