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Artículo transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 148

Estatuto universidad de antofagasta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4812 / 9033315.

Texto oficial

Sexta: Para los efectos de realizar una jerarquización general del Cuerpo Académico, conforme a este Estatuto el Rector tendrá la facultad de establecer una Comisión ad hoc de nombramientos y promociones y designar sus miembros, pudiendo incorporar a ella profesores distinguidos de otras Universidades. Esta Comisión deberá ser designada dentro del plazo de seis meses, a contar de la publcación del presente decreto con fuerza de ley, y durará un año en sus funciones. Vencido este plazo entrará en funcionamiemto la Comisión de nombramientos y promociones a la que se refiere el artículo 35° de este Estatuto.