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Artículo 5 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 149

Estatuto orgánico de la universidad de santiago de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4817 / 9119672.

Texto oficial

ARTICULO 5° Hasta que entren en vigencia los reglamentos a que se refiere el artículo anterior, el Rector conservará sus facultades y atribuciones legales y reglamentarias y esta Universidad se regirá, en lo que proceda, por las normas que le son actualmente aplicables.