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Artículo 28 del Decreto Con Fuerza de Ley 150

Crea universidad de tarapaca

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4821 · idParte: 9015073

Texto oficial

Artículo 28°- 1. Cada Departamento estará dirigido por un Director, responsable ante la autoridad superior, de organizar la enseñanza y la investigación. Es el representante del Departamento en todas las comunicaciones oficiales con la autoridad superior, y también en todas las comunicaciones con los estudiantes. 2. El Director de un Departamento será nombrado por el Rector a proposición del Decano o del Vice-Rector Académico.