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Artículo 54 del Decreto Con Fuerza de Ley 150

Crea universidad de tarapaca

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4821 · idParte: 9015125

Texto oficial

Artículo 54°- 1. El patrimonio de la Universidad estará constituido por la totalidad de los bienes, de cualquier naturaleza que ellos sean, que integren el activio del Instituto Profesional de Arica a la fecha de la vigencia de este Decreto con Fuerza de Ley. 2. Para todos los efectos legales la Universidad de Tarapacá será la sucesora y continuadora legal del Instituto Profesional de Arica en el dominio de todos los bienes señalados en el inciso anterior y en todos los convenios o contratos que dicho Instituto Profesional hubiese celebrado.