Texto oficial
Artículo 46°.- La Junta Directiva deberá dictar una ordenanza que determine las conductas sujetas a sanción y el carácter de ellas. Una ordenanza determinará el órgano y procedimiento para aplicar sanciones disciplinarias a un funcionario o estudiante de la Universidad y las instancias a las cuales podrán apelar los afectados, que en caso de remoción de funcionarios, expulsión de estudiantes o suspensión grave en sus estudios, será la Junta Directiva.