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Artículo 23 del Decreto Con Fuerza de Ley 152

Estatuto universidad de talca.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4834 / 9009723.

Texto oficial

Artículo 23°.- 1. Los Departamentos son unidades dependientes de las Facultades, organizados para enseñar conforme a los planes y programas de estudio que se hayan aprobado y efectuar investigación, de acuerdo a políticas educacionales de la Facultad y de la Universidad. Un Departamento estará dirigido por un Director. 2. El Rector, consultando al Consejo Académico, puede constituir Departamentos dentro de una Facultad, de acuerdo a las materias y disciplinas que se enseñen.