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Artículo SEXTA transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 152

Estatuto universidad de talca.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4834 / 9009782.

Texto oficial

Sexta.- Para los efectos de realizar una jerarquización general del cuerpo académico, conforme a este Estatuto, el Rector tendrá la facultad de establecer una Comisión ad-hoc de Nombramientos y Promociones y designar sus miembros, pudiendo incorporar a ella profesores distinguidos de otras universidades. Esta Comisión deberá ser designada dentro del plazo de seis meses, a contar de la publicación del presente decreto con fuerza de ley, y durará un año en sus funciones. Vencido este plazo entrará en funcionamiento la Comisión de Nombramientos y Promociones a la que se refiere el artículo 32° de este Estatuto.