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Artículo 33 del Decreto Con Fuerza de Ley 153

Estatuto de la universidad de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4838 / 9033413.

Texto oficial

ARTICULO 33° Un Reglamento de funcionamiento del Consejo de Facultad fijará sus funciones y atribuciones debiendo considerar necesariamente las siguientes: a) Proponer al Rector, a través del Decano, los planes de Estudio de la Facultad, con su respectiva reglamentación; b) Proponer al Rector, a través del Decano, el nombramiento de los Profesores de Facultad, conforme a reglamentación; y c) Proponer al Rector, a través del Decano, todas las iniciativas que estime de utilidad para la Facultad.