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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 155

Estatuto universidad de bio-bio

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4846 / 8824416.

Texto oficial

TITULO I {Arts. 1-2} DEL OBJETIVO Y FINES DE LA UNIVERSIDAD Artículo 1°.- La Universidad de Bío-Bío es una corporación de derecho público, autónoma, con patrimonio propio, dedicada a la enseñanza y al cultivo superior de las ciencias y las artes. Su domicilio es la ciudad de Concepción. Su representante legal será el Rector para todos los efectos.