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Artículo 26 del Decreto 161

Fija el estatuto orgánico del ministerio de relaciones exteriores

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 4870 · idParte: 8626908

Texto oficial

ARTICULO 26° A la Dirección de Política Exterior le corresponden las funciones de estudio, coordinación, ejecución, control e información de las actividades diplomáticas de Chile en el Exterior, de carácter político, que deben realizar las misiones Diplomáticas de acuerdo con las directivas correspondientes. Asimismo, colaborará con el Ministro y el Subsecretario en las relaciones con las Misiones Diplomáticas extranjeras y organismos internacionales acreditados en el país.