Texto oficial
ARTICULO 34° A la Dirección General Administrativa, le
corresponde colaborar con el Subsecretario de Relaciones
Exteriores, de quien depende directamente, en la obtención,
administración, distribución y control de los recursos
humanos, materiales y financieros necesarios para el
cumplimiento de las funciones del Ministerio de Relaciones
Exteriores.
Le compete también supervisar e inspeccionar el
funcionamiento administrativo de las Misiones Diplomáticas,
Consulares y Técnico-Administrativas de Chile en el
exterior.
Tendrá a su cargo además todo lo relativo a las
franquicias que corresponden al Cuerpo Diplomático y
Consular acreditado en el país, a los funcionarios de
Organizaciones Internaciones con sede en Chile y al personal
del Ministerio de Relaciones Exteriores.
La Dirección General estará a cargo de un Director
General Administrativo, con rango de Embajador, que será de
la exclusiva confianza del Presidente de la República,
quien deberá estar en posesión de un título profesional
de una carrera afín a las tareas de la unidad de, a lo
menos, diez semestres de duración, otorgado por una
universidad o instituto profesional del Estado o reconocido
por éste y acreditar experiencia profesional en el área no
inferior a cinco años.
Del mismo modo, quienes desempeñen funciones de
jefatura de direcciones y departamentos dependientes de esta
Dirección General deberán estar en posesión de un título
profesional de una carrera afín a las funciones de dichas
unidades de, a lo menos, ocho semestres de duración,
otorgado por una universidad o instituto profesional del
Estado o reconocido por éste y acreditar una experiencia
profesional en el área respectiva no inferior a tres años.