Texto oficial
Artículo 41°.- Al Departamento de Servicios y
Documentación compete prestar los servicios generales que
requiere el Ministerio para su funcionamiento, registrar,
distribuir y archivar la documentación del Ministerio;
elaborar las Cartas de Servicio y las Memorias Anuales de
esta Secretaría de Estado, y tramitar, registrar y archivar
Tratados, Convenios y Acuerdos Internacionales.