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Artículo 47 del Decreto 161

Fija el estatuto orgánico del ministerio de relaciones exteriores

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4870 / 8626938.

Texto oficial

Artículo 47°.- La Academia Diplomática de Chile "Andrés Bello" es la encargada de seleccionar a las personas que postulen al Servicio Exterior de la República y de formar y perfeccionar a los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores. Es, además, un Centro de Estudios Diplomáticos para la Administración Civil del Estado y las Instituciones de las Fuerzas Armadas y Carabineros. La Academia Diplomática de Chile "Andrés Bello" depende del Subsecretario de Relaciones Exteriores y su estructura y funcionamiento estarán regidos por un Reglamento Especial. Su Jefe tendrá el título de Director, con rango de Embajador y será de la confianza exclusiva del Presidente de la República Habrá además, un Subdirector. La Biblioteca del Ministerio dependerá de la Academia Diplomática.