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Artículo del Decreto Con Fuerza de Ley 178

Decreto con fuerza de ley n.o 178

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4941 / 8776332.

Texto oficial

Refúndense en un solo texto las siguientes leyes y decretos-leyes: 1.o Ley número 2,951, de 25 de Noviembre de 1917, sobre Sillas; 2.o Ley número 3,321, de 5 de Noviembre de 1917, sobre Descanso Dominical; 3.o Ley número 3,915, de 9 de Febrero de 1923, sobre Peso de los Sacos de Carguío por Fuerzas del Hombre; 4.o Ley número 4,053, de 29 de Septiembre de 1924, sobre Contrato de Trabajo; 5.o Ley número 4,055, de 8 de Septiembre de 1924, sobre Accidentes del Trabajo; según texto definitivo fijado por decreto-ley número 379, de 13 de Marzo de 1925, con excepción de las disposiciones del Título III; 6.o Ley número 4,056, de 1.o de Diciembre de 1924, sobre Tribunales de Conciliación y Arbitraje; 7.o Ley número 4,057, de 29 de Septiembre de 1924, sobre Organización Sindical; 8.o Decretos-leyes números 270, de 24 de Febrero de 1925, y 198, de 6 de Abril de 1925, sobre Cierre de Peluquerías; 9.o Decreto-ley número 2,100, de 31 de Diciembre de 1927, sobre Tribunales del Trabajo; 10. Decreto-ley número 24, de 4 de Octubre de 1924, sobre Trabajo Nocturno en las Panaderías, y decreto-ley número 272, de 24 de Febrero de 1925, modificatorio del anterior; 11. Decreto-ley número 442, de 6 de Abril de 1925, sobre Protección a la Maternidad Obrera y Salas Cunas; 12. Decreto-ley número 857, de 11 de Noviembre de 1925, sobre Empleados Particulares, con excepción de los Títulos V y VI; 13. Decreto-ley número 772, de 23 de Diciembre de 1925, sobre Empleados a Bordo de Naves de la Marina Mercante Nacional; y 14. Ley número 4,956, de 26 de Febrero de 1931, sobre Cierre de Boticas. Y téngase como texto refundido de las leyes y decretos-leyes mencionados, el siguiente: