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Artículo 25 del Decreto Con Fuerza de Ley 179

Fija normas por las que se regira el servicio de;tesoreria

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4944 / 7118289.

Texto oficial

Artículo 25° Habrá un Departamento del Personal que tendrá las siguientes atribuciones: a) Programar los feriados legales, tramitar las licencias, comisiones, exceptuando las inspectivas, y en general todo aquello que diga relación con la administración del personal; b) Proponer al Tesorero General los traslados y ubicaciones del personal de acuerdo con las necesidades del Servicio; c) Atender especialmente todo lo relacionado con el bienestar del personal para cuyo objeto deberá ceñirse al decreto reglamentario dictado de acuerdo con las normas legales vigentes; d) Proporcionar al Tesorero General los antecedentes relacionados con los ascensos del personal de acuerdo con el escalafón y las disposiciones del Estatuto Administrativo.