Texto oficial
Artículo 3.o. El gasto que demande la planta a que se refiere el artículo segundo se imputará a las cantidades consultadas para el Servicio Social del Trabajo en el Presupuesto General de la Nación en vigencia.
Fija la planta del personal del servicio nacional de bienestar y auxilio social
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4968 / 8254732.