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Artículo 5 del Decreto Con Fuerza de Ley 189

Fija el estatuto orgánico del servicio de prisiones

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4980 / 7118346.

Texto oficial

Artículo 5.o El Director será el Jefe Superior del Servicio y tendrá las siguientes funciones: a) Dirigir y supervigilar la marcha administrativa, técnica, económica y orgánica del Servicio. b) Proponer proyectos de reglamentos para el Servicio y dictar las instrucciones para la correcta aplicación de las disposiciones legales y reglamentarias; c) Destinar y trasladar a los funcionarios del Servicio a los cargos que correspondan de acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias; d) Aplicar al personal de Vigilancia las medidas disciplinarias que determine el Reglamento; e) Disponer el traslado de los reclusos o su permanencia en los establecimientos penitenciarios y de readaptación; f) Ejecutar las demás funciones que se le fijen por ley o reglamento.