Saltar al contenido

Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 190

Suprime cargos en la planta de la caja nacional de empleados publicos y periodistas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4986 / 7118621.

Texto oficial

Artículo 3°.- El Vicepresidente Ejucutivo de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas deberá dictar resolución o resoluciones correspondientes, individualizando a las personas a quienes afecte la supresión de cargos dispuesta en el artículo 1° del presente decreto con fuerza de ley.