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Artículo 1 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 192

Decreto Con Fuerza de Ley 192

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4992 / 8936709.

Texto oficial

Artículo transitorio. Dentro del plazo de un año contado desde la fecha de este decreto con fuerza de ley, las obligaciones a favor de un Banco contraídas por sus directores y empleados, deberán ajustarse a los preceptos del artículo 76, número 6.o del decreto-ley número 559, de 26 de Septiembre de 1925, reformado por el presente decreto con fuerza de ley.