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Artículo 4 del Decreto Con Fuerza de Ley 192

Incorpora al seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales contemplado en la ley n° 16.744, a personas que indica

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 4997 / 7118628.

Texto oficial

Artículo 4°.- Las cotizaciones se calcularán sobre la base de las mismas rentas por las cuales los referidos trabajadores efectúen sus cotizaciones para pensiones en la Entidad Previsional respectiva.