Texto oficial
Artículo 10.o El presente decreto con fuerza de ley entrará en vigencia en la fecha de su publicación en el "Diario Oficial".
Modifica los decretos con fuerza de ley numeros 32 y 76, de 1959
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5055 / 5866306.