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Artículo 4 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 224

Fija el texto de la ley general de construcciones y urbanizacion

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5107 / 8784350.

Texto oficial

Artículo 4.o Podrán seguir actuando en el carácter de arquitectos o ingenieros ante las Municipalidades, las personas sin título competente que hubieren obtenido la autorización correspondiente conforme al procedimiento señalado en los incisos 2.o, 3.o y 4.o del artículo 23 del decreto con fuerza de ley N.o 345, de 20 de Mayo de 1931.