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Artículo 13 del Decreto Con Fuerza de Ley 226

Decreto Con Fuerza de Ley 226

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5113 / 8731501.

Texto oficial

Art. 13. Los candidatos que tengan un título o grado sanitario especial serán preferidos en la provisión de los cargos técnicos del servicio. Cuando la Universidad de Chile confiera el grado de médico higienista o un título semejante, no podrán, salvo por contrato especial, ingresar al servicio como médicos sanitarios sino aquellos que estén en posesión de dicho grado.