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Artículo 49 del Decreto Con Fuerza de Ley 238

Aprueba la ley orgánica del consejo de defensa del estado

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5151 / 9031273.

Texto oficial

Artículo 49.o Corresponderá al Abogado Jefe enviar al Presidente del Consejo los antecedentes necesarios, para que éste proponga al Ministerio de Justicia la dictación de los decretos a que se refieren los artículos 47.o y 48.o de este decreto.