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Artículo 55 del Decreto Con Fuerza de Ley 238

Aprueba la ley orgánica del consejo de defensa del estado

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5151 · idParte: 9031279

Texto oficial

Artículo 55° Los empleados administrativos y los Notarios, Conservadores, Archiveros, Oficiales Civiles y todos aquellos funcionarios que puedan contribuir, en razón de su cargo, al esclarecimiento de los derechos que el Fisco haga valer en juicio, estarán obligados a proporcionar gratuitamente los datos, informes y copias de los instrumentos que les solicite el Consejo de Defensa del Estado, y en la misma forma, efectuar las inscripciones que les pida.