Texto oficial
Artículo 27°.- A contar de la fecha de vigencia del
presente decreto con fuerza de ley, el Director de
Aeronáutica dejará de formar parte del Consejo de la
"Línea Aérea Nacional" y en su reemplazo formará parte de
él un Oficial General de la Fuerza Aérea de Chile, que
será designado por el Presidente de la República.