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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 242

Fija la planta para los servicios dependientes de la direccion general de prisiones

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 5166 · idParte: 7119456

Texto oficial

Artículo 2º Los cargos fijados en el artículo 1º, que se encuentren vacantes o que vaquen en el futuro y que sean de confianza del Presidente de la República, serán proveídos de acuerdo con las normas de Estatuto Administrativo. Asimismo, y por esta vez, los de los grados 3º a 17º, inclusive, y los correspondientes a los técnicos y sin grado serán designados a propuesta del Jefe del Servicio.