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Artículo 7 del Decreto Con Fuerza de Ley 249

Modifica el decreto con fuerza de ley n.o 371, de;1953

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 5194 / 8255119.

Texto oficial

Artículo 7.o Suprímese en el artículo 7.o transitorio de la ley 11.575, que fuera declarado permanente por la ley 12,861, la frase "y en un cien por ciento, si el impuesto incide en préstamos bancarios por más de un año".